MODIFICACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS

" Se establece una bonificación del 50% a favor de las construcciones, instalaciones u obras que supongan la creación de parques fotovoltaicos con una potencia mayor de 1Mw, y que incorporen sistemas de aprovechamiento eléctrico de la energía solar.
A los efectos de esta bonificación, la base imponible sobre la que aplicando al tarifa se obtendrá la cuota a bonificar, será el coste de ejecución material de la construcción, instalación u obra, en cuyo importe deberán incluirse todos aquellos elementos materiales necesarios para el correcto funcionamiento del parque fotovoltaico.